El Espinar, San Rafael, Los Ángeles de San Rafael La Estación de El Espinar, Gudillos y Prados
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Apertura y Cierre del aprovechamiento de pastos de varias fincas 2020.

Apertura del aprovechamiento vecinal de pastos de las fincas "CERRO DE LA OLLA", "Dehesa de la Garganta", "Aguas Vertientes", "Cerca del Portillo" y "El Baldío", el próximo día 9 de mayo de 2020.

Cierre del aprovechamiento vecinal de pastos de las fincas Estepar y Cañada de Gudillos el próximo día 10 de mayo 2020.

Bandos completos adjuntos.

 

ANUNCIO CARGO EN CUENTA DE RECIBOS DOMICILIADOS

ANUNCIO

Mediante Decreto de la Alcaldía nº 66/2020.B), de 6 de abril, se dictaron las
siguientes medidas, con el contenido que a continuación se transcribe:

PRIMERO.- Aprobar el traslado del cargo en cuenta de las domiciliaciones de las
tasas por prestación del servicio de suministro de agua potable a domicilio y de
alcantarillado y tratamiento y depuración de aguas residuales al día 5 de mayo de
2020.

SEGUNDO.- Aprobar el traslado del cargo en cuenta de las domiciliaciones de la
tasa de entrada de vehículos a través de aceras y reserva de la vía pública para
aparcamiento exclusivo se traslada al día 11 de mayo de 2020.

TERCERO.- Dar cuenta al Pleno en la primera sesión que se celebre y publicar
anuncio de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Provincia de Segovia,
en la página web municipal y en el tablón de edictos del Ayuntamiento.
Lo que se publica para su conocimiento y efectos oportunos.
El Espinar, a 13 de abril de 2020

EL ALCALDE -PRESIDENTE,
Fdo.: Javier Figueredo Soto.

ANUNCIO AMPLIACION PLAZO DE PAGO EN VOLUNTARIA COVID-19

ANUNCIO

Mediante Decreto de la Alcaldía nº 65/2020.C), de 3 de abril, se dictaron las
siguientes medidas, con el contenido que a continuación se transcribe:

PRIMERO.- Aprobar una ampliación del período de pago en voluntaria de todos los
tributos locales de notificación individualizada de conformidad con los artículos 33
del Real Decreto -ley 8/2020, de 17 de marzo, y 53 del Real Decreto -ley 11/2020,
31 de marzo de 2020 en los siguientes términos:
a) que no hayan concluido al 18 de marzo de 2020, se ampliarán hasta el 30 de
abril de 2020.
b) que se notifiquen a partir del 18 de marzo de 2020, se extienden hasta el 20 de
mayo de 2020.

SEGUNDO.- Aprobar una ampliación del período de pago en voluntaria hasta el 5
de junio de 2020, de los siguientes tributos locales de notificación colectiva y
periódica, que estén en período de cobro, sin perjuicio de su posible ampliación
posterior:
- Tasa de entrada de vehículos a través de aceras y reserva de la vía
pública para aparcamiento exclusivo.
- Tasa por prestación del servicio de suministro de agua potable a domicilio.
- Tasa por prestación del servicio de alcantarillado y tratamiento y
depuración de aguas residuales.

TERCERO.- En los fraccionamientos de pago concedidos con anterioridad a la
declaración del Estado de alarma, mantener el calendario fijado previamente con el
contribuyente; no obstante lo cual, para aquellos contribuyentes que presenten
imposibilidad o dificultad de pago acreditada, aprobar la ampliación, automática y
sin intereses, del plazo el plazo de pago en voluntaria con arreglo al siguiente
calendario:
a) que no hayan concluido al 18 de marzo de 2020, se ampliarán hasta el 30 de
abril de 2020.
b) que se notifiquen a partir del 18 de marzo de 2020, se extienden hasta el 20 de
mayo de 2020.

CUARTO.- Dar cuenta al Pleno en la primera sesión que se celebre y publicar
anuncio de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Provincia de Segovia,
en la página web municipal y en el tablón de edictos del Ayuntamiento.
Lo que se publica para su conocimiento y efectos oportunos.
El Espinar, a 13 de abril de 2020

EL ALCALDE -PRESIDENTE,
Fdo.: Javier Figueredo Soto.

ANUNCIO NO DEVENGO DE ACTIVIDADES COVID-19

ANUNCIO

PRIMERO.- Suspender la aprobación de liquidaciones referidas el período
comprendido entre 15 de marzo de 2020 y hasta la finalización del Estado de
Alarma, de las siguientes tasas e impuestos ante la imposibilidad material, de los
sujetos pasivos, de la realización de los hechos imponibles que los devengan, por
causas no imputables a los mismos:
- Tasa por apertura de calas y zanjas.
- Tasa por ocupación de la vía pública con terrazas.
- Tasa por ocupación de la vía pública con Mercadillo.
- Tasa Quioscos.
- Tasa instalación, puestos, barracas, etc y Puestos en Fiestas.
- Tasa vallas, andamios, escombros y otros materiales de la construcción.
- Tasa por instalación puestos, barracas, etc y Rodaje cinematográfico.

SEGUNDO.- Suspender la aprobación de liquidaciones referidas el período
comprendido entre 30 de marzo de 2020 y hasta la finalización del Estado de
Alarma, debido a la paralización las obras de construcción mediante Real Decreto -
ley 10/2020, 29 de marzo, al no ser consideradas servicio esencial y, por tanto,
ante la imposibilidad material de los sujetos pasivos, de la realización de los hechos
imponibles que los devengan, por causas no imputables a los mismos de:
- Impuesto de Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO).
- Tasa por Licencias Urbanísticas y otras actividades de control posterior.
- Tasa por Licencia ambiental, toma razón debido a la presentación de una
declaración responsable y comunicación de inicio de la actividad.

TERCERO.- Ordenar a la Tesorería Municipal que, una vez finalice el estado de
alarma, efectúe la tramitación de la devolución de los ingresos indebidos o, en su
caso, durante dicho período, no generar la liquidación proporcional correspondiente
de las tasas e impuestos afectados, cuando por causas no imputables al sujeto
pasivo, el servicio público, la actividad administrativa o el derecho a la utilización o
aprovechamiento del dominio público no se preste o desarrolle. El importe de esta
devolución lo será por la parte proporcional correspondiente a los días totales de
suspensión de la actividad.

CUARTO.- Dar cuenta al Pleno en la primera sesión que se celebre y publicar
anuncio de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Provincia de Segovia,
en la página web municipal y en el tablón de edictos del Ayuntamiento.
Lo que se publica para su conocimiento y efectos oportunos.

El Espinar, a 13 de abril de 2020

EL ALCALDE -PRESIDENTE,
Fdo.: Javier Figueredo Soto.

ANUNCIO SERVICIOS DEJADOS DE PRESTAR

ANUNCIO 

Mediante Decreto de la Alcaldía nº 65/2020.A), de 3 de abril, se dictaron las
siguientes medidas, con el contenido que a continuación se transcribe:

PRIMERO.- Ampliar las medidas preventivas relativas a la limitación de la
prestación de los servicios públicos municipales no esenciales establecidas mediante
Decreto de la Alcaldía nº 49/2020, de 11 de marzo, hasta la finalización del Estado
de Alarma.

SEGUNDO.- Suspender la aprobación de liquidaciones referidas el período
comprendido entre 15 de marzo de 2020 y hasta la finalización del Estado de
Alarma, de los siguientes precios públicos ante la interrupción de la prestación de
los servicios públicos municipales indicados:

- Precio Público Escuelas Deportivas.
- Precio Público Polideportivos y edificios usos múltiples.
- Precio Público Centros culturales.

TERCERO.- Ordenar a la Tesorería Municipal que, una vez finalice el estado de
alarma, efectúe la tramitación de la devolución de los ingresos indebidos o, en su
caso, durante dicho período, no generar la liquidación proporcional correspondiente
de las tasas y precios públicos indicados, cuando la actividad administrativa no se
preste o desarrolle. El importe de esta devolución lo será por la parte proporcional
correspondiente a los días totales de suspensión de la actividad.

CUARTO.- Dar cuenta al Pleno en la primera sesión que se celebre y publicar
anuncio de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Provincia de Segovia,
en la página web municipal y en el tablón de edictos del Ayuntamiento.
Lo que se publica para su conocimiento y efectos oportunos.

El Espinar, a 13 de abril de 2020


EL ALCALDE -PRESIDENTE,
Fdo.: Javier Figueredo Soto.

Bando para niñ@s de El Espinar

Se adjunta bando en PDF

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Cambios en el aprovechamiento de pastos de la finca Mata de Santo Domingo Primavera 2020.

Se modifica el bando de aprovechamientos de pastos en la Mata de Santo Domingo que se abrirá el día 21 de marzo de 2020.

El Resto de condiciones figuran en el cuerpo del mismo.

BANDO: Cierre de OFICINAS MUNICIPALES DESDE EL DÍA 16 HASTA EL 31 DE MARZO DE 2020

BANDO: Cierre de OFICINAS MUNICIPALES DESDE EL DÍA 16 HASTA EL 31 DE MARZO DE 2020

Ante la alta incidencia registrada a nivel mundial por el COVID19 (coronavirus), y de acuerdo con las instrucciones del Gobierno de la Nación y la Junta de Castilla y León, se mantendrán:

CERRADAS LAS OFICINAS MUNICIPALES DESDE EL DIA 16 HASTA EL 31 DE MARZO DE 2020

Los servicios administrativos municipales seguirán prestando atención por vía telefónica (921181700), por vía telemática (http://sede.elespinar.es/) y correo electrónico (ayto@aytoelespinar.com) y por correo postal.

Esta medida de cierre podrá prorrogarse en función de la evolución epidemiológica.

Lo que se pone en conocimiento del público en general.

Se adjunta BANDO en PDF

 

Apertura del aprovechamiento de pastos de la finca Mata de Santo Domingo Primavera 2020.

Apertura del aprovechamiento vecinal de pastos de la finca Mata de Santo Domingo el próximo día 21 de marzo de 2020.


El Resto de condiciones figuran en el cuerpo del anuncio.

Queda anulado por Bando de 20 de marzo de 2020 publicado en la misma fecha.

 

Bando: Medidas Preventivas Covid19 (Coronavirus)

Bando del Ayuntamiento de El Espinar con "Medidas Preventivas contra el Covid19 (Coronavirus)"

Don Javier Figueredo Soto, Alcalde del Muy Ilustre Ayuntamiento de la Villa de El Espinar (Segovia)

HAGO SABER:

Ante la alta incidencia registrada a nivel mundial por el C0VID19 (coronavirus), desde el Ayuntamiento se quiere enviar un mensaje tranquilizador a los vecinos, informando de que NO EXISTEN CASOS DOCUMENTADOS EN EL ESPINAR.

No obstante, tras las medidas adoptadas por parte del Ministerio de Sanidad sobre la situación del COVID-19 (coronavirus), el M. I. Ayuntamiento de El Espinar tras la reunión con todos los portavoces de los partidos políticos con representación, ha adoptado las siguientes medidas preventivas que afectan al funcionamiento de los servicios públicos, por un periodo inicial de 15 días, desde el día 12 hasta 27 de marzo:

  • Suspensión de las actividades deportivas organizadas por el ayuntamiento.
  • Cierre de los centros culturales, bibliotecas, centro joven, auditorio, piscina climatizada, guardería municipal infantil, escuela de música, hogar del pensionista de San Rafael, centros deportivos municipales, así como cualquier dependencia municipal, que no sea Policía Local, Ayuntamiento, y oficinas municipales, que seguirán prestando servicios administrativos, en horario habitual de atención al público (de 9:00 a 14:00), recomendando a los ciudadanos acudir solo en casos de urgencia y para trámites inaplazables.
  • Cancelación de las actividades socioculturales organizadas por el ayuntamiento.
  • Suspensión de las actividades que se desarrollen en centros municipales como talleres, cursos y similares.
  • Suspensión de las escuelas deportivas.
  • Prohibir los eventos multitudinarios dentro del municipio.
  • Suspensión de mercadillos y venta ambulante.

Dichas medidas se irán adaptando a la situación epidemiológica de cada momento.

En relación a los trabajadores municipales, el equipo de gobierno ha mantenido una reunión con los representantes de los trabajadores en el Ayuntamiento, en la que se ha transmitido la prioridad de mantener los servicios que presta. Esta prestación de los servicios se hará adaptándolos a la actual situación excepcional hacia los trabajadores y trabajadoras municipales, favoreciendo en lo posible el teletrabajo.

Estas medidas se trasladarán a las empresas de nuestros municipios y contratas que den servicios a nuestro Ayuntamiento. Rogándoles que hagan lo posible para prevenir el avance de este virus.

El Ayuntamiento de El Espinar insiste a los vecinos que sigan las recomendaciones de las autoridades sanitarias. En todo momento y a medida de ir obteniendo información actualizada, estas son medidas meramente preventivas. Les invitamos a seguir los canales de comunicación municipal en los cuales les mantendremos al corriente. Asimismo, se recomienda CONSULTAR FUENTES OFICIALES PARA INFORMARSE, como la página del Ministerio de Sanidad (www.mscbs.gob.es) o el teléfono de información gratuito de la Junta de Castilla y León y el Sacyl: 900 222 000

Para evitar posibles contagios se recuerdan las siguientes medidas preventivas:

  • Se recomienda no acudir a actos que conlleven aglomeración de personal, especialmente si se trata de sitios cerrados y poniendo especial atención a colectivos especialmente vulnerables (personas mayores, población infantil o personas con enfermedades crónicas).
  • Lavarse las manos frecuentemente, siendo recomendable el uso de geles
    desinfectantes.
  • Al toser o estornudar, cubrirse la boca y la nariz con el codo flexionado.
  • Evitar tocarse los ojos, nariz y boca, ya que las manos facilitan su transmisión.
  • Usar pañuelos desechables para eliminar secreciones respiratorias y tirarlo tras su uso.
  • Si se presentan síntomas respiratorios, evitar el contacto cercano con otras personas.

 

Lo que se pone en conocimiento del público en general.

 

El Espinar a 11 de marzo de 2020.

 

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